Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación del Personal Académico de Carrera de la UNAM

Décima Tercera Etapa del Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación del Personal Académico de Carrera de la UNAM

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Objetivo 

Otorgar mejores condiciones de jubilación al personal académico de carrera de tiempo completo en etapa avanzada de su vida profesional, con el objeto de abrir oportunidades de contratación a las y los jóvenes posgraduados de excelencia para afrontar las tareas docentes y de investigación que la Universidad requiere...

Beneficios de adherirse al Subprograma

Recibir por parte de la UNAM, en adición a las prestaciones establecidas en la de la Ley del ISSSTE, una Renta Mensual Vitalicia (RMV), un Servicio de Protección de Gastos Médicos Mayores y una Gratificación por Jubilación.

Renta Mensual Vitalicia: Es el pago mensual que recibirá la persona académica directamente de la compañía aseguradora contratada por la UNAM para tal efecto y que en la Convocatoria 2025 equivale a  $35,171.00 (Treinta y cinco mil ciento setenta y un pesos 00/100 M.N.), mismos que serán depositados en la cuenta bancaria señalada para tales fines por el académico jubilado.

El pago mensual se entregará desde el primer mes de jubilación (enero siguiente del año en que se publicó la convocatoria) a mensualidades vencidas. El monto se actualizará anualmente con base en el aumento que haya reportado la Unidad de Medida y Actualización, determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Servicio de Protección de Gastos Médicos Mayores: Es un certificado que garantiza la cobertura para el titular y sus beneficiarios únicamente mientras se encuentre viva la persona titular del mismo (la o el académico jubilado).  Este seguro será contratado con la compañía aseguradora que ofrezca las mejores condiciones a las y los académicos, y se ratificará o renovará a través de una licitación pública bienal.

Gratificación por Jubilación: De acuerdo con el numeral 2 de la Cláusula 76 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, los trabajadores académicos de la UNAM con 15 años de servicios en adelante, recibirán el importe de 17 días de salario íntegro por cada año de servicios prestados. Tratándose del personal académico femenino, esta prestación será incrementada en dos días por año (19 días por año).

El cálculo definitivo de la Gratificación por jubilación lo realiza la Dirección General de Personal (DGPe), no obstante, las y los académicos pueden estimar el monto que recibirán por concepto de esta prestación de la siguiente manera:

  • Dividir el salario íntegro quincenal entre 15.
  • Multiplicar el resultado de dicha operación por 17 en el caso de los hombres, y por 19 en el de las mujeres.
  • Multiplicar, a su vez, el resultado de esta operación por el número de años de servicio/antigüedad que tengan efectivamente cumplidos al momento de su jubilación.

El resultado es el monto bruto que les corresponde. Para obtener la cantidad neta, es necesario restarle el ISR (Impuesto Sobre la Renta). El cheque por concepto de Gratificación por Jubilación, así como el certificado del Servicio de Protección de Gastos Médicos Mayores y documentos relativos a la renta vitalicia, les serán entregados a las y los académicos en el Departamento de Personal de su entidad de adscripción.

Actividades a realizar para formalizar y concluir el registro en el Subprograma

Una vez concluido el registro en el Sistema de Gestión Electrónica (GeDGAPA) para adherirse al Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación del Personal Académico de Carrera de la UNAM (REVOL-TC), las y los académicos que hayan obtenido uno de los lugares disponibles ─conforme a su puntaje por antigüedad académica y edad, en los términos de la Convocatoria vigente─ deberán:

Presentarse en el Departamento de Personal de su entidad académica de adscripción y entregar el comprobante de registro generado por el sistema, junto con una copia de su identificación oficial vigente.  La persona titular del Departamento de Personal de su entidad, capturará en el sistema la documentación mencionada y, en su momento, comenzará el trámite de: a) la licencia pre jubilatoria y b) la baja por jubilación de la o el académico, en coordinación con la DGPe de la UNAM.

  1. La licencia pre jubilatoria es un periodo de tres meses (octubre, noviembre y diciembre del año en que se haya publicado la convocatoria), durante el cual la Universidad continúa pagando íntegramente el salario a las y los académicos en proceso de jubilación, sin que éstos tengan la obligación de cumplir con sus labores académicas. Una vez concluida la licencia, la jubilación opera de forma automática a partir del día siguiente.
  2. La jubilación implica que las y los académicos causan baja de la Universidad, es decir, ya no tienen relación laboral con la Institución, por lo que deben, en su caso, entregar la oficina, el cubículo o laboratorio que tengan asignado en las fechas señaladas por las autoridades de su entidad académica e iniciar, posteriormente, los trámites de pensión ante el ISSSTE.

Actividades a realizar para tramitar la pensión ante el ISSSTE

Una vez que concluya el periodo de licencia pre jubilatoria, las y los académicos deberán recibir del Departamento de Personal de su entidad académica en la UNAM, la baja certificada y hoja única de servicios, con las que deberán acudir a las oficinas administrativas del ISSSTE, para recibir orientación respecto a la documentación requerida y los trámites que deben realizar para obtener su concesión de pensión, que es el documento que emite el ISSSTE y que acredita a los beneficiarios para recibir la pensión o jubilación que les corresponda.

Este trámite es personal y presencial, por lo que es necesario que lo realice la o el académico interesado cuando cuente con toda la documentación que le sea requerida por el ISSSTE.

Prestaciones por haber cotizado en el ISSSTE

Las y los académicos que reúnan los requisitos establecidos en las Leyes de Seguridad Social, recibirán una pensión de retiro por edad y tiempo de servicio o una pensión por jubilación por parte del ISSSTE, según sea el caso, cuando se encuentren en el régimen del artículo décimo transitorio, también conocido como viejo régimen (correspondiente a la Ley del ISSSTE vigente antes de la reforma del año 2007).

Si las o los académicos están incorporados al régimen vigente a partir de la reforma de 2007 a la Ley del ISSSTE, esto es, el régimen denominado bonos de pensión y cuentas individuales, recibirán la pensión que corresponda en la modalidad de rentas vitalicias o retiro programado, para lo cual deberán ponerse en contacto con la AFORE que opera su cuenta individual1 para conocer a detalle las características y los beneficios de cada modalidad.

Es importante mencionar que el primer pago de la pensión del ISSSTE (independientemente del régimen pensionario seleccionado) puede demorar alrededor de tres meses; no obstante, se pagará de forma retroactiva desde el primer día en el que la o el académico causó baja de la UNAM.

 

Si la o el académico nunca eligió una AFORE, es probable que su cuenta esté siendo administrada por PENSIONISSSTE. Para conocer la AFORE que administra su cuenta individual, debe llamar sin costo desde todo el país a SARTEL 55 1328-5000, número operado por la CONSAR.

 

Responsable:

Mtro. Javier Urbieta Zavala
Director de Estímulos y Reconocimientos
Correo electrónico: der_direccionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfonos: 55 5622 6250 y 55 5622 6274